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Al estudiar el recurso de casación interpuesto por Ronald Salazar contra la sentencia del referido tribunal superior laboral, constató que la decisión impugnada no infringió las leyes.
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, confirmó la sentencia dictada el 28 de febrero de 2013 por el Juzgado Superior Sexto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró sin lugar la demanda por cobro de diferencia de acreencias laborales interpuesta por el ciudadano Ronald Javier Salazar Salazar contra la sociedad mercantil Petróleos de Venezuela, S.A. (Pdvsa).
Al estudiar el recurso de casación interpuesto por Ronald Salazar contra la sentencia del referido tribunal superior laboral, constató que la decisión impugnada no infringió los artículos 1.160, 1.205, 1.264 y 1.269 del Código Civil y 12 del Código de Procedimiento Civil, como lo había alegado dicho ciudadano.
También se esgrimió que la sentencia del Juzgado Superior Sexto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas incurrió en la falta de aplicación del artículo 12 del Código de Procedimiento Civil, lo cual fue desestimado por la Sala de Casación Social, con ponencia de su presidente, magistrado Luis Franceschi Gutiérrez, luego de analizar el caso.
Al estudiar el recurso de casación interpuesto por Ronald Salazar contra la sentencia del referido tribunal superior laboral, constató que la decisión impugnada no infringió los artículos 1.160, 1.205, 1.264 y 1.269 del Código Civil y 12 del Código de Procedimiento Civil, como lo había alegado dicho ciudadano.
También se esgrimió que la sentencia del Juzgado Superior Sexto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas incurrió en la falta de aplicación del artículo 12 del Código de Procedimiento Civil, lo cual fue desestimado por la Sala de Casación Social, con ponencia de su presidente, magistrado Luis Franceschi Gutiérrez, luego de analizar el caso.
Fuente: LaIguanaTV/24/06714
Compilador. William Castillo Pérez
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