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En horas de la tarde del miércoles la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia declaró procedente una de las impugnaciones interpuesta por representantes del gobierno en contra de los resultados de las elecciones legislativas del 6 de diciembre.
Esta sentencia se refiere al recurso interpuesto por Nicia Marina Maldonado Maldonado, el último de siete documentos que fueron admitidos por la Sala que interrumpió vacaciones decembrinas y dio despacho para recibir estos recursos.
La decisión estuvo a cargo de Indira Maira Alfonzo Izaguirre, segunda vicepresidenta del Supremo y presidenta de la Sala Electoral. Con esta sentencia, el número de diputados que conforman la Asamblea Nacional baja de 167 a 163 y, con 109 escaños, la oposición mantiene las dos terceras partes de las curules con lo que podría legislar a sus anchas haciendo valer su súper mayoría. Sin embargo, el Tribunal no ha explicado cómo se entenderá el quorum en la nueva Asamblea a instalarse el 5 de enero tras esta novedad.
A continuación la forma textual en que el Tribunal presentó la sentencia:
N° SENTENCIA: 260 N° EXPEDIENTE: 2015-000146 Procedimiento: Recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar Partes: NICIA MARINA MALDONADO, titular de la cédula de identidad N° 10.606.581, asistida por la abogada Ligia Carolina Gorriño, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 123.285, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y medida de suspensión de efectos contra el acto de votación de las elecciones parlamentarias del pasado 06 de diciembre de 2015 del estado Amazonas. Decisión: La Sala declaró: 1. COMPETENTE para conocer y decidir el recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y, subsidiariamente solicitud cautelar de suspensión de efectos, interpuesto por la ciudadana NICIA MARINA MALDONADO MALDONADO, asistida por las abogadas Ligia Gorriño y Mitzi Tuárez, identificadas, en su alegada condición de “(…) candidata a Diputada de la Asamblea Nacional por el Estado Amazonas (…)”, contra “(…) el acto de votación de las Elecciones Parlamentarias celebradas el pasado 6 de diciembre de 2015, en el circuito electoral del Estado Amazonas, para el período constitucional 2016-2021, efectuadas por el Consejo Nacional Electoral (…)” (sic), 2. ADMITE el recurso contencioso electoral interpuesto, 3. PROCEDENTE la solicitud de amparo cautelar, en consecuencia, ORDENA de forma provisional e inmediata la suspensión de efectos de los actos de totalización, adjudicación y proclamación emanados de los órganos subordinados del Consejo Nacional Electoral respecto de los candidatos electos por voto uninominal, voto lista y representación indígena en el proceso electoral realizado el 6 de diciembre de 2015 en el estado Amazonas para elección de diputados y diputadas a la Asamblea Nacional y 4. INOFICIOSO el pronunciamiento respecto de la solicitud cautelar de suspensión de efectos. Ponente: Indira Maira Alfonzo Izaguirre
Fuente: Redacción NTN24 Venezuela
Esta sentencia se refiere al recurso interpuesto por Nicia Marina Maldonado Maldonado, el último de siete documentos que fueron admitidos por la Sala que interrumpió vacaciones decembrinas y dio despacho para recibir estos recursos.
La decisión estuvo a cargo de Indira Maira Alfonzo Izaguirre, segunda vicepresidenta del Supremo y presidenta de la Sala Electoral. Con esta sentencia, el número de diputados que conforman la Asamblea Nacional baja de 167 a 163 y, con 109 escaños, la oposición mantiene las dos terceras partes de las curules con lo que podría legislar a sus anchas haciendo valer su súper mayoría. Sin embargo, el Tribunal no ha explicado cómo se entenderá el quorum en la nueva Asamblea a instalarse el 5 de enero tras esta novedad.
A continuación la forma textual en que el Tribunal presentó la sentencia:
N° SENTENCIA: 260 N° EXPEDIENTE: 2015-000146 Procedimiento: Recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar Partes: NICIA MARINA MALDONADO, titular de la cédula de identidad N° 10.606.581, asistida por la abogada Ligia Carolina Gorriño, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 123.285, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y medida de suspensión de efectos contra el acto de votación de las elecciones parlamentarias del pasado 06 de diciembre de 2015 del estado Amazonas. Decisión: La Sala declaró: 1. COMPETENTE para conocer y decidir el recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y, subsidiariamente solicitud cautelar de suspensión de efectos, interpuesto por la ciudadana NICIA MARINA MALDONADO MALDONADO, asistida por las abogadas Ligia Gorriño y Mitzi Tuárez, identificadas, en su alegada condición de “(…) candidata a Diputada de la Asamblea Nacional por el Estado Amazonas (…)”, contra “(…) el acto de votación de las Elecciones Parlamentarias celebradas el pasado 6 de diciembre de 2015, en el circuito electoral del Estado Amazonas, para el período constitucional 2016-2021, efectuadas por el Consejo Nacional Electoral (…)” (sic), 2. ADMITE el recurso contencioso electoral interpuesto, 3. PROCEDENTE la solicitud de amparo cautelar, en consecuencia, ORDENA de forma provisional e inmediata la suspensión de efectos de los actos de totalización, adjudicación y proclamación emanados de los órganos subordinados del Consejo Nacional Electoral respecto de los candidatos electos por voto uninominal, voto lista y representación indígena en el proceso electoral realizado el 6 de diciembre de 2015 en el estado Amazonas para elección de diputados y diputadas a la Asamblea Nacional y 4. INOFICIOSO el pronunciamiento respecto de la solicitud cautelar de suspensión de efectos. Ponente: Indira Maira Alfonzo Izaguirre
Fuente: Redacción NTN24 Venezuela
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