jueves, 16 de agosto de 2018

Articulo de opinión. Respaldo y anclaje del Bolívar (VES): mitos y realidades. Por José Gregorio Piña

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José Gregorio Piña, había planteado en ésta misma página, la conveniencia de una relación entre El Petro y el Bolívar Soberano que, en su formulación, parece la más cercana a lo anunciado por el Presidente Nicolás Maduro en su alocución del 25 de julio pasado en torno al “anclaje” del segundo al primero.  Sin embargo, como él mismo reconoce en el siguiente texto, no puede afirmarse sea la misma, ya que hasta la fecha se desconce el detalle de la propuesta presidencial. En razón de coadyuvar al debate, José Gregorio Piña nos presenta una síntesis de su propuesta, al tiempo que realiza algunos comentarios sobre aspectos vinculados a la reconversión monetaria en proceso. 
Por: José Gregorio Piña.
Hemos recibido innumerables solicitudes para que escribamos sobre este tema, y hasta reclamos por no habernos pronunciado ya sobre el mismo, ya que es el tema en primer plano en la actualidad venezolana y, para variar, no sólo insuficientemente explicado, sino, peor aún, tergiversado por diversos comentaristas que distan de tener dominio y claridad sobre asuntos monetarios.
En tal sentido, no quisimos apresurar el análisis, como creemos que han hecho algunos y algunas, por, en primer lugar, la poca información relevante fue lo dicho por el ciudadano Presidente, Nicolás Maduro Moros, en Transmisión Especial desde el Salón Sol del Perú, Palacio de Miraflores, el pasado miércoles 25 de julio de 2018.
De hecho, la instrucción dada por el Primer Mandatario a las autoridades del área económica para que informen sobre los detalles, no se ha concretado; ya que, realmente han dicho menos de lo expresado por el Presidente en la citada reunión.
En segundo lugar, entendemos que lo anunciado en relación con el respaldo y el anclaje del bolívar (VES) está todavía en fase de diseño, por parte de la Autoridad Monetaria, como corresponde; en coordinación con los ministros de Economía y Finanzas y de Petróleo, como señala el decreto N° 3.550, publicado en la Gaceta Oficial N° 41.446 de fecha 25-07-18.
En tercer término; preferimos intercambiar nuestra idea y visión sobre el tema con algunos de quienes deben concretar estos anuncios, para coadyuvar a su mejor diseño y aplicación.
En todo caso, percibimos que lo anunciado por el ciudadano Presidente, Nicolás Maduro Moros, está alineado con nuestra propuesta sobre la materia, desarrollada en veintiún (21) artículos publicados.
Dicha percepción se basa en que nuestra propuesta fue y es la única que desarrolla el detalle operativo; se basa en el rol indeclinable del Banco Central de Venezuela (BCV), como único órgano del Estado con competencias monetarias; toma en cuenta los impactos y la viabilidad en los campos monetario, cambiario y fiscal de la propuesta y que plantea el traspaso efectivo del respaldo en petróleo al BCV.
En aras de apoyar lo dicho, trascribimos a continuación, de manera textual, las partes de la intervención presidencial arriba citada, donde esboza los elementos básicos sobre este asunto.
“Por eso anuncio que la reconversión económica monetaria, basada en el programa de recuperación y prosperidad económica, va a arrancar el próximo 20 de agosto de manera definitiva con la circulación y emisión del nuevo bolívar soberano, del nuevo cono monetario que va a tener una nueva modalidad de anclaje al Petro, la criptomoneda venezolana, un nuevo sistema monetario del bolívar soberano anclado a la criptomoneda el Petro, para estabilizar y cambiar la vida monetaria y financiera del país de manera radical. El 20 de agosto ya tendríamos el cono monetario circulando, ya yo tengo el cono completo, va a tener dos componentes la reconversión monetaria, un componente central, el cambio del cono monetario la reducción de cinco ceros a la moneda venezolana a través del bolívar soberano y va a tener una base de cambio e intercambio basado en la moneda el Petro, que como todos saben el valor del Petro se determina de acuerdo al valor de la cesta petrolera venezolana que se vende en el mercado internacional.”
“En el marco del decreto de Estado de Emergencia y Excepción decreto la unidad monetaria nacional para la reconversión, su vigencia y su anclaje a la criptomoneda el Petro. Aquí está, aprobado.”
“Estoy aprobando la propuesta que me hace el Banco Central de Venezuela, el equipo económico, de entregar, a través de Pdvsa, entregar un bloque completo de reservas petroleras certificadas, se trata del Bloque Ayacucho-II, Área Ayacucho de la Faja Petrolífera del Orinoco consistente en 29.298 millones de barriles petroleros certificados para entregárselo con parte del respaldo de la emisión de activos financieros y como parte de las reservas del Banco Central de Venezuela entregárselo de inmediato para el ejercicio financiero y económico de la principal institución bancaria del país, Banco Central de Venezuela, aprobado, se le entrega de manera inmediata, un paso histórico también.
Ahora el Banco Central de Venezuela regentará y emitirá los documentos financieros necesarios y suficientes para fortalecer su capacidad de pago, para fortalecer las reservas internacionales y para fortalecer el músculo financiero de un Banco Central que nosotros debemos procurar, como Estado, que sea un Banco Central muy sólido, muy poderoso.”
Ahora, comparemos con nuestra propuesta detallada, expuesta desde el año pasado, y que reiteramos en el artículo XXI de la serie “Petro y criptomonedas: mitos y realidades”, texto que reproducimos acá. Escribimos:
  • En relación con la solicitud emitida por el Presidente Maduro, de propuestas en el ámbito de lo económico, exponemos a continuación un resumen de nuestra propuesta monetaria integral, que hemos venido desarrollando de manera argumentada, en los veinte artículos anteriores, la cual incluye nuestra visión acerca de la manera idónea de implementar la relativo al PTR, su relación con el Bolívar y la posición a adoptar con respecto a las criptodivisas fiduciarias privadas.
  • Que el PETRO no compita contra el Bolívar Soberano (VES); sino que sea la expresión digital de alto valor del VES; que sea una sola moneda con dos modalidades. El Petro sería un múltiplo del VES y, por consiguiente, el VES sería una fracción del PETRO, con expresión física o electrónica usual, pero no con tecnología de cadena de bloques.
  • El valor del VES debe ser respaldado también, de manera directa, con respecto al mismo respaldo ya establecido para el Petro.
  • Que el PETRO funcione como divisa, sólo para el comercio exterior; los VES serían canjeables por PETRO en el BCV, previa aprobación de órgano competente, para usos necesarios; de acuerdo a la normativa que se dicte sobre la materia
  • Impedir el uso del PETRO dentro del país entre particulares; sólo para que el Estado reciba pagos externos o internos.
  • Prohibir el libre uso de criptodivisas dentro del país.
  • Que sea PDVSA el ente que realice la generación digital (no minada) de los Petros, los llamados “tokens”, habida cuenta de que administra el petróleo y cuenta con la tecnología; y que PDVSA use los Petros generados y su respaldo para pagar deuda al BCV y, a su vez, el BCV, ejerza sus competencias constitucionales y efectué la emisión monetaria de los Petros recibidos, vendiéndolos, contra recepción de bolívares, o contra recepción de divisas convertibles, oro, diamantes o cualquier otro activo de reserva.
  • El BCV recibiría, en pago de deuda de PDVSA, la titularidad de los barriles de petróleo de respaldo, hasta la concurrencia de montos, y el resto como aporte patrimonial del accionista, y emitir los Petros y los VES, tal y como hoy hace sólo con los bolívares (VEF).
  • Presentar en el Balance General del BCV un rubro que englobe los Activos de Respaldo Monetario; es decir, todos los activos adquiridos o recibidos por el BCV, que sean o puedan ser contraparte de la emisión de Bolívares y de Petros; incluyendo la totalidad del respaldo físico ya establecido para emisión futura de los Petros. En las Cuentas de Orden del Balance General se registraría el monto de los tokens de los Petros aún no monetizados.
  • Las Notas al Balance General del BCV, que deberían ser publicadas de manera mensual, deberán comentar el rubro de Activos de Respaldo y, cuando fuere el caso, informar el valor de mercado de dichos activos
  • Esta alternativa, adicionalmente, recogería Liquidez Monetaria y mejoraría los Estados Financieros de ambos entes, lo que no sucedería con cualquier otro mecanismo de venta de Petros, ni en colocación primaria, ni en el mercado secundario.
  • Además, este esquema encaja en el marco constitucional, legal y operativo que rige los aspectos monetarios y cambiarios en Venezuela.
  • Al estar el precio del Petro y el del VES, establecidos cada uno con respecto a respaldo en petróleo (o, a futuro, a una canasta ponderada de bienes constituida en petróleo, Oro Monetario y diamantes tallados), a su vez con precio internacional autónomo y conocido, expresado en USD y otras divisas, desaparece la credibilidad de una eventual fijación de “precio” de esas otras divisas con respecto al Petro o al VES.
  • Otra ventaja adicional de esta propuesta es que no colide con los objetivos actuales de la Política Fiscal del Ejecutivo Nacional, como sí lo hacen otras propuestas alternativas que circulan en la Web y en artículos publicados.
Toda este marco introductorio, lo presentamos para dejar claro que desconocemos el detalle de lo que los responsables del tema finalmente vayan a ejecutar; pero sí aspiramos y esperamos que sea conforme a lo que proponemos, para que se obvien eventuales sesgos indeseables, o se tratare de inviabilidades no percibidas.
Por lo tanto, entrando en el análisis que se nos ha pedido y hasta exigido, visto todo lo hasta acá expuesto, es claro, en primer lugar, que lo que expondremos está, necesariamente, basado en nuestra concepción y desarrollo sobre el tema, y, en segundo lugar, no compromete la posición de ninguna otra persona, hecha la salvedad de que no somos funcionarios públicos.
En el marco de nuestra propuesta, y a la luz de lo dicho por el Presidente Nicolás Maduro Moros, entendemos que el anclaje de bolívar (VES) con respecto al Petro (PTR), significa exactamente eso: que el VES y el PTR quedan unidos en lo adelante; que serán dos expresiones de una misma moneda nacional: una de curso legal en Venezuela, con expresión física o digital tradicional; y otra, basada en la tecnología de la cadena de bloque, que se comportará como una divisa, para uso en el Exterior; ambas expresiones con un mismo respaldo, petróleo, y ambas emitidas, de manera intercambiable, por el BCV, como Autoridad Monetaria venezolana. Queda a salvo la llamada Expansión Secundaria, es decir, el dinero bancario emitido por los bancos comerciales por medio del crédito bancario.
Por ende, el respaldo debe pasar a la propiedad del BCV, como parte de sus Activos, porque será la contraparte en lo adelante tanto de la emisión de los VES como de los PTR por parte del BCV, siendo que tanto los VES como los PTR serán Pasivos del Ente Emisor.
En otras palabras, el VES queda anclado al PTR, porque ambos sólo fluctuarán en la medida en que lo haga el valor de su respaldo, el barril del petróleo.
Buscando un ejemplo de este concepto, se nos viene a la mente el postulado básico de la Teoría de la Relatividad General de Albert Einstein, que establece el hecho ya probado de que la Materia y la Energía son lo mismo y son mutuamente transformables, y ambas magnitudes sólo tienen expresión en el Espacio-Tiempo (una sola entidad, porque no hay Espacio sin Tiempo, y no hay Tiempo sin Espacio).
Al igual que esa noción de la Física, plasmada de materia metafórica y misteriosa en la antigua Trimurti de los Vedas de la antiguo India, el VES, el PTR y el barril de petróleo que constituye su respaldo, son tres cosas distintas, pero que constituyen una única entidad.
Obviamente, no insinuamos que un VES es igual a un PTR en su expresión de valor, ni que un VES vale un barril de petróleo. Al igual que en el ejemplo de la Física, hay relaciones de valor que determinan la conversión de una a otra de las tres caras de esta trilogía. En Física determinada cantidad de masa atómica da como resultado determinada cantidad de energía, y viceversa, como lo prueban las reacciones de fisión y de fusión nuclear.
En ese orden de ideas, nos parece improcedente la discusión sobre si el anclaje es “monetario” o es “cambiario”; porque no sería ni lo uno ni lo otro. Nuestra propuesta, al contrario de otras, no es una especie de Caja de Conversión, ni implica la existencia de dos monedas emitidas por el mismo país, compitiendo entre sí, con una tasa de cambio entre ellas sujeta a manipulaciones; pero tampoco presupone una tasa de cambio arbitraria, artificialmente baja e insostenible, como también plantean otras propuestas.
Al efecto, nótese que en nuestra propuesta, los VES y los PTR son emitidos ambos por el BCV, pero de manera intercambiable: para emitir PTR, el BCV recibe y esteriliza VES, y viceversa, como en el símil expuesto de la Materia y la Energía.
Cabe aclarar, contra la afirmación de algunos, que en nuestro esquema, el PTR sigue siendo una criptomoneda, pero según los dos paradigmas emergentes en cuanto a las mismas: uno, criptomonedas de bancos centrales (CCBC, por sus siglas en inglés), es decir, monedas soberanas digitales con la tecnología de validación por consenso, emitidas por un banco central; y dos, monedas estables (stablecoins), es decir, monedas con valor estable por estar respaldadas o vinculadas a otra divisa. Este tema lo explicamos bien en el artículo veinte (XX) de nuestra serie titulada “Petro y criptomonedas: mitos y realidades”.
Queda por determinar, y ello es competencia del BCV, en conjunto con el Ministerio con competencia en materia de Finanzas, la tasa de conversión del VES con respecto al PTR; en el entendido de que dicha tasa debe ser realista, con base en la conjunción de la política monetaria, la política fiscal y la política comercial, basada esta última en los términos de intercambio con los principales socios comerciales, y congruente con el resto de la política cambiaria vigente y, por último, a la luz de que el respaldo en petróleo implica tener en cuenta el valor internacional del mismo.
Adelantándonos al argumento bufo de la inconstitucionalidad del traspaso de cierta cantidad de barriles de petróleo en yacimiento, dándolos en propiedad al BCV; aduciendo lo expresado en el artículo 12 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV) sobre la inalienabilidad e imprescriptibilidad de los yacimientos mineros propiedad de la República; hemos de precisar que la República es la dueña y única accionista, tanto de PDVSA como del BCV; por lo que no hay tal viso de inconstitucionalidad.
Igualmente, con todo lo hasta ahora dicho, queda claro que tampoco se trata del absurdo alegato de algunos, que creen que ahora el BCV deberá dedicarse a extraer petróleo (de verdad, cuando se trata de oponerse a una idea, algunos y algunas apelan al colmo de la irracionalidad, a veces por la simple “moda” de ser críticos).
Al respecto, ya vimos en el detalle de nuestra propuesta que se trata de arreglos jurídico-contables; y que pueden materializarse, por ejemplo, por vía de la emisión por parte de PDVSA, de un macro-título, similar al que, en su momento, se emitió para saldar la deuda de FOGADE con el BCV, producto del infausto proceso de la crisis financiera de los años 1994-96 y el peor manejo de los auxilios financieros otorgados por el BCV por dicho motivo.
Para cerrar este tema, sí debemos precisar que no nos sumamos a quienes, con amplio acceso mediático en la red de Estado están sobreestimando las ventajas potenciales del nuevo arreglo monetario y, predeciblemente, generan imposibles expectativas entre la población, o incluso entre algún funcionario o alguna funcionaria de alto nivel del Estado.
También surgió un estudiante de Química oponiéndose a nuestra propuesta, arriba descrita, aduciendo el peligro de la manipulación del precio del petróleo; pero, contradictoriamente, propone usar el Oro como respaldo, ignorando que en el caso del Oro es peor, porque ni siquiera concurren factores de mercado, ni hay fuerzas e intereses antagónicos en la determinación de su precio; sino que el mismo es fijado diariamente de manera arbitraria por sólo seis bancos controlados por el capital sionista mundial.
Por lo demás, la tasa de extracción del Oro, comparada en términos de valor, es varias decenas de veces menor a la del petróleo, y dicha extracción es mucho más costosa, con el agravante de que en nuestro país es hecha por privados y el BCV la está adquiriendo con enorme costo, tanto en su Estado de Resultados, como en expansión de los Agregados Monetarios.
Además, ya nuestra propuesta lo dice, en concordancia con la posición expresada por el Jefe del Estado, de que el PTR esté respaldado por una canasta de bienes (“commodities”) diversificada.
Por último, como tema relacionado, y porque también nos piden nuestra opinión, hablaremos del estado actual del proceso de Redenominación Monetaria en curso en Venezuela, ahora concomitante con el nuevo Sistema Monetario en ciernes.
En principio, se evidenció que la fecha inicialmente anunciada para la entrada en vigencia del nuevo cono monetario era prematura, tal y como muchos advertimos.
Por otra parte, aunque tardíamente y de forma aparentemente brusca, se hizo caso sobre las advertencias que también fueran emitidas en relación con la insuficiencia sobrevenida de la supresión de sólo tres (3) ceros de las magnitudes monetarias.
En cualquier caso, más vale tarde que nunca, y es positiva la decisión de suprimir cinco (5) ceros a las magnitudes monetarias, aunque ahora luce muy corto el tiempo de adaptación, tanto operativa como mental a este nuevo giro; habida cuenta de que ya se había hecho campaña de difusión en torno a la supresión de los tres ceros.
Así las cosas, es de prever mayores dificultades de adaptación, sobre todo si se toma en cuenta de que ya los billetes nuevos habían sido mandados a imprimir, y fueron publicitados sobre la base de la primera decisión, esto es, suprimir tres ceros.
Una consideración clave es que al ser el factor de conversión de 100.000 a 1, es decir, Bs. 100 mil actuales pasan a ser Bs. 1, se achicarán en mucho las magnitudes monetarias; sin que se hayan previsto fracciones del bolívar que ahora lucen necesarias, al menos en el corto plazo; previsión que no se hizo porque inicialmente se suprimirían sólo tres ceros (factor de 1.000 a 1) y no se requerían fracciones más allá de la de Bs. 0,50.
En cambio, ahora, con un factor de conversión más elevado; si sólo se dejara la anteriormente prevista fracción de Bs. 0,50, ello significaría que el menor precio unitario expresable sería equivalente a los actuales Bs. 50.000 (cincuenta mil), y cualquier redondeo de cifras sería sólo posible en un mínimo de Bs. 50.000 (cincuenta mil).
Por eso, se hace ahora obligatoria la planteada coexistencia de algunos de los billetes del cono monetario actual que entren a suplir la inexistencia formal de monedas fraccionarias; para lo cual sugerimos que queden en circulación temporal los actuales billetes que tengan tres (3) o cuatro (4) ceros en su denominación: Bs. 2.000; Bs. 5.000; Bs. 10.000; Bs. 20.000 y Bs. 50.000; que pasarían, respectivamente, a ser representativos de las fracciones Bs. 0,02; Bs. 0,05; Bs. 0,10; Bs. 0,20 y Bs. 0,50.
Dichos billetes actuales se distinguirían con cierta facilidad de los nuevos billetes por el hecho de que tendrán tres ceros o cuatro ceros en su denominación en números, mientras que los nuevos sólo tendrán uno o dos ceros.
Con el actual billete de Bs. 100 mil, ahora se hace más patente, un defecto de origen del mismo, que consiste en que el mismo adolece de un defecto por el cual cualquier banco, incluido el BCV, rechaza cualquier cheque: “Disparidad de Cantidades”.
En efecto, el citado billete de Bs. 100 mil, en la cantidad en números sólo tiene la cifra “100” (se lee “cien”), mientras que en letras, muy pequeñas y sin resaltar, dice, en letras, “cien mil bolívares”.
Ese hecho parece hacer inviable que el actual billete de Bs. 100 mil, pueda coexistir con el nuevo billete de Bs. 100 (este sí es de “cien” en bolívares soberanos; pero en la equivalencia de Bs. 10 millones actuales); porque ambos tendrían estampada la misma cifra: “100”.
Tal circunstancia es lamentable, ya que de dicha denominación, Bs. 100 mil, es que hay la mayor existencia de billetes actuales, todos nuevos o en excelente estado de conservación. Esperemos que el BCV disponga ya de las nuevas monedas metálicas de Bs. 1 llamadas a sustituir al citado billete de Bs. 100 mil.
Al respecto, un aspecto positivo de la decisión de suprimir cinco (5) ceros a las magnitudes monetarias, es que ahora no sólo se solventa el problema que también había sido advertido sobre la incertidumbre sobre la disponibilidad a tiempo del número de piezas necesarias de los nuevos billetes, para la implantación de la Redenominación monetaria; sino que sobran los billetes del nuevo cono monetario.
Esto es, que si ya habíamos previsto en el artículo XIII de nuestra serie ya citada, que se requerirían, en principio, al menos 1.200 millones de piezas de billetes para la implantación de la Redenominación monetaria con tres ceros menos; cantidad que algunos sobreestimaron por más de 10 y hasta 15 veces, por ignorancia; lo cierto es que ahora la cantidad de piezas de nuevos billetes que se requiere es mucho menor, habida cuenta de que la supresión de cinco ceros, disminuye, de manera general, en un factor de 100 veces, la cantidad de piezas nuevas.
Ello es porque en la medida en que cada pieza de billete de la nueva denominación equivale a mayor cantidad de piezas de la respectiva denominación actual a la que sustituye, menor cantidad de piezas nuevas son requeridas para cubrir la misma cantidad de bolívares en términos monetarios en circulación. Por vía contraria, un mayor factor de conversión, obliga a tener más moneda fraccionaria en diversas denominaciones.
Por ello, ahora sólo el 15% de la cantidad que inicialmente calculamos, se podría cubrir a la fecha, la cantidad de efectivo necesaria para la actividad económica; en el entendido de que, efectivamente, ha habido un saludable incremento de las transacciones monetarias por vías electrónicas, que se triplicaron en el bienio 2016-2017; y que seguimos sosteniendo que se requieren medidas, ya anunciadas o solicitadas, de medidas y decisiones sobre el precio de la gasolina y el cierre de las fronteras; medidas todas tendentes a bajar la presión sobre el contrabando de extracción del efectivo, que no se frenará con sólo la Redenominación monetaria.
Y, para quienes plantean que la Redenominación ha debido ser suprimiendo seis (6) ceros, dizque por la mayor facilidad de cálculo, hemos de aclarar que tal reducción habría hecho demasiado pequeñas las magnitudes monetarias, hasta el extremo de que, por ejemplo, el salario mínimo actual, pasaría a ser de Bs 3 (tres bolívares), y la necesidad de moneda fraccionaria, en el momento de la conversión, habría excedido las posibilidades fácticas, obligando a redondeos hacia arriba de mayor cuantía relativa.
José Gregorio Piña
Tomado de 15yultimo 

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