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Aprueban preferencia del inquilino en proyecto de Ley de Arrendamiento
Miércoles, 10 de Agosto de 2011 16:48
La preferencia arrendaticia está incluida en el artículo 78 e incluye, además, una penalización si es violado este derecho/ Sustituye la prórroga legal que establece la ley actual, y que daba un plazo de entre seis meses y tres años para el desalojo del inquilino, una vez concluido el contrato
La preferencia arrendaticia está incluida en el artículo 78 e incluye, además, una penalización si es violado este derecho: el propietario deberá indemnizar a los inquilinos con el equivalente a 100 unidades tributarias por cada mes que estos permanezcan fuera de la vivienda en forma indebida.
Según lo publicado en la página web de
Sustituye la prórroga legal que establece la ley actual, y que daba un plazo de entre seis meses y tres años para el desalojo del inquilino, una vez concluido el contrato.
Esta norma busca evitar que los propietarios cometan irregularidades con los inquilinos, como desalojarlos para volver a alquilar a otras familias a precios superiores.
El objetivo de
Los artículos 58 al 65, referentes a la metodología para fijar el canon de arrendamiento, fueron diferidos nuevamente, luego de la exposición de la propuesta de los inquilinos, a los fines de revisar el método.
Este proyecto de ley es el primero presentado por iniciativa popular. El 4 de marzo de 2011, el Movimiento de Pobladores introdujo la propuesta ante
A partir de allí, el proyecto se ha enriquecido con aportes de diferentes sectores.
Fuente: (AVN)/VTVegonzales
Compil. William Castillo Pérez
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